Texto original publicado por No es época para tontos.

Crear una sociedad, comprar participaciones o adquirir una vivienda en Andorra no concede automáticamente el derecho a residir en el país.

Ángela García explica qué requisitos puede tener que cumplir un empresario que quiera trasladarse a Andorra mediante una autorización de residencia y trabajo por cuenta propia vinculada a inversión extranjera.

Analizamos la participación societaria, las funciones de administración y dirección, la necesidad de contar con un comercio activo y uno de los cambios económicos más importantes de 2026: determinadas cantidades que anteriormente funcionaban como depósito pasan a configurarse como aportaciones no reembolsables.

También se explica la residencia sin actividad lucrativa o residencia pasiva, con sus requisitos de inversión, permanencia, vivienda, cobertura sanitaria y recursos económicos.

Invertir y residir pueden formar parte del mismo proyecto, pero jurídicamente son dos decisiones distintas.

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